¿Donar en vida o dejar en herencia? Calculadora para Andalucía
Compara lo que cuesta donar hoy un inmueble o dinero a un familiar frente a que lo reciba en herencia: Impuesto de Donaciones o Sucesiones, IRPF del donante y plusvalía municipal.
Comparativa orientativa suponiendo que el bien mantiene su valor y residencia en Andalucía (Ley 5/2021 y Ley 29/1987). Donaciones: tarifa del 7 % al 26 %, coeficientes 1,0 / 1,5 / 1,9 y bonificación del 99 % para Grupos I y II si se formaliza en escritura pública (y, en dinero, justificando el origen de los fondos). Herencia: reducción de 1.000.000 € (Grupos I y II) o 10.000 € (Grupo III), bonificación del 99 % (Grupos I y II) y reducción del 99 % por vivienda habitual. IRPF de quien dona: escala del ahorro 2026 sobre la ganancia; en herencia no hay IRPF. No incluye ajuar, notaría, registro ni acumulación de donaciones previas. No sustituye el asesoramiento profesional.
Preguntas frecuentes
¿Sale más barato donar o heredar en Andalucía?
Para hijos, cónyuge y padres, heredar suele ser más barato: la herencia tiene una reducción de 1.000.000 € que la donación no tiene, y además en la donación de un inmueble quien dona paga IRPF por la ganancia. Donar dinero a un hijo, en cambio, cuesta muy poco gracias a la bonificación del 99 %.
¿Qué es la «plusvalía del muerto»?
Es la ganancia que se genera desde que el fallecido compró el bien hasta su muerte: no tributa en el IRPF. En una donación esa misma ganancia sí paga IRPF, a cargo de quien dona.
¿Qué requisitos tiene la bonificación del 99 % en donaciones?
Que la donación se formalice en escritura pública ante notario y, si es dinero, que se justifique su origen y el medio de entrega en la propia escritura.