Calculadora del Impuesto de Sucesiones en Andalucía 2026

Descubre en un minuto cuánto pagarás por tu herencia según tu parentesco, con la reducción de 1.000.000 €, la bonificación del 99 % y la reducción por vivienda habitual.

Normativa vigente 2026Gratis y sin registroCon criterio de fiscalista
1. Tu parentesco con el fallecido
2. Lo que recibes tú
Tu parte: inmuebles, dinero, acciones, vehículos… (incluida la vivienda)
Solo la parte que te corresponde a ti
Tu parte de deudas del fallecido, entierro y funeral
Si eres beneficiario de una póliza
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Preguntas frecuentes

¿Cuánto pagan los hijos por heredar en Andalucía?

Muy poco o nada en la mayoría de casos. Hijos, cónyuge y padres (Grupos I y II) tienen una reducción de 1.000.000 € por heredero y, además, una bonificación del 99 % sobre la cuota que pudiera resultar.

¿Y los hermanos y sobrinos?

Pertenecen al Grupo III: solo tienen una reducción de 10.000 € y se les aplica un coeficiente multiplicador de 1,5, sin bonificación. Por eso una herencia de un tío o un hermano puede suponer un impuesto elevado y conviene planificarla.

¿Cuál es el plazo para presentar el Impuesto de Sucesiones?

Seis meses desde el fallecimiento, prorrogables otros seis si se solicita dentro de los cinco primeros meses (en la prórroga se devengan intereses de demora).

¿Qué es el ajuar doméstico?

Una presunción legal que suma a la herencia el 3 % del caudal por los enseres personales del fallecido. La jurisprudencia del Tribunal Supremo permite excluir de ese cálculo bienes como el dinero o las acciones, por lo que en muchos casos se puede reducir.